1 de julio de 2011

Realidad actual de los trabajadores despedidos Estatales comprendidos en la Ley Nº 27803 suplementarias y complementarias y Ley Nº 29059

El gobierno de Fujimori despidió a más de 300 mil trabajadores del Estado, los gobiernos regionales y locales y de las empresas públicas. Aplicó para ello el Decreto Ley N° 26093 y Disposiciones Conexas que se dieron bajo el criterio de evaluar con la finalidad de reestructurar, reorganizar, coaccionar, declarar en excedencia; en suma despedir arbitrariamente a miles en función de reestructurar el Estado como ente normativo y promotor de la máxima ganancia imperialista principalmente norteamericano y de los burgueses principalmente compradores. La planilla pública debía restringirse según esas finalidades y debía privatizarse el patrimonio de la Nación. Los neoliberales prometieron que así, el Estado se achicaría, crecería la economía y el trabajo productivo y la pobreza extrema sería cosa del pasado.
Con las luchas populares de inicios de esta década se arrancó la Ley N° 27487, su modificatoria y la Ley N° 27803 que creó una Comisión Ejecutiva para calificar las solicitudes de los despedidos, creándose cuatro beneficios: reposición, indemnización, jubilación anticipada y reconversión laboral. Posteriormente se arrancó la Ley Nº 29059 que reactiva la Comisión Ejecutiva para nueva calificación de solicitudes.
Sin embargo, la Ley N° 27487 que derogó el D.L. Nº 26093 y normatividad conexa fue dada por razones de inconstitucionalidad de la legislación abrogada, como puede verse del diario de debates de Congreso, permitiendo que los trabajadores cesados irregularmente durante la década de los 90s tuvieran un proceso ordenado de restitución de sus derechos conculcados, lo que fue desnaturalizada por representantes del Estado y los vende obreros de las cúpulas de centrales sindicales.
Por esta razón en FUNETCINCENCES presentamos al Congreso, mediante el congresista Roger Najar, el Proyecto de Ley Nº 4444-2010-CR, por el cual pretendemos resolver el problema social de los ceses irregulares, el mismo que cuenta con dictamen favorable de la comisión de trabajo. En dicho proyecto se manifiesta la inconstitucionalidad del D.L. Nº 26093 y conexos; así mismo se plantea la integración como miembro de la Comisión Ejecutiva a un miembro del Funetcincences. Sostenemos que el camino invariable de los trabajadores despedidos es luchar hasta conseguir nuestros objetivos, sin sembrar falsas ilusiones y apreciando cómo se derivaran mejores condiciones para que el pueblo desarrolle sus luchas.

Junio 2011

Pedro Rojas.

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